El Estatuto de la Red fue aprobado por la Asamblea de REDOEDA celebrada el día 24 de febrero de 2011 en la ciudad de Curitiba

Los órganos de la REDOEDA serán: a) Consejo Directivo b) Director Ejecutivo; c) la Coordinación Ejecutiva; d) Director de Publicaciones y e) la Asamblea.

CONSEJO DIRECTIVO: El Consejo Directivo estará a cargo de cuatro Consejeros; tres por las Universidades fundadores y uno por los miembros plenos. Los Consejeros de las Universidades fundadores serán elegidos por la Asamblea. El Consejero representante de los miembros plenos será elegido por los Consejeros de las Universidades fundadoras. La conformación del Consejo comprenderá 50% de miembros europeos y 50% de miembros de Latinoamérica. A ellos les corresponde “por unanimidad”, admitir a nuevos miembros a la Red, en los términos del art. 5 del Convenio Marco.

DIRECCIÓN EJECUTIVA: La Dirección Ejecutiva estará a cargo de dos Directores, uno por Europa y uno por Latinoamérica. Serán elegidos por el Consejo Directivo, entre los representantes de las Universidades Fundadoras o de entre los miembros plenos conforme al art. 5 del convenio marco. Dura cinco (5) años en la función.

COORDINACIÓN EJECUTIVA: La Coordinación Ejecutiva será elegida por el Consejo Directivo. Se integra por tantos miembros como países a los que se corresponden las Universidades fundadoras o miembros adheridos, conforme al convenio marco. En esta instancia se integra, por ende, con un Coordinador Ejecutivo por la República Federativa del Brasil, otro por el Reino de España y otro por la República Argentina.

DIRECTOR DE PUBLICACIONES: El Director de Publicaciones, responsable por las publicaciones científicas de la Red, será elegido por el Consejo Directivo.

ASAMBLEA: Podrán participar de la Asamblea un representante por cada uno de los miembros fundadores o adheridos, sean estos últimos plenos o adherentes. Las asambleas serán ordinarias y extraordinarias.

La Asamblea Ordinaria: Se reunirá una vez cada 3 años dentro del marco de alguna actividad propia de la REDOEDA. Tendrá las siguientes funciones: (i) Considerar, aprobar o modificar la memoria , inventario, cuenta de gastos y recursos; (ii) elegir en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, titulares y suplentes; (iii) tratar cualquier asunto incluido en el orden del día; (iv) considerar los asuntos que hallan sido propuestos por un minimo del 20% de los miembros fundadores y adheridos, presentados con una antelación de 30 dias, o en el acto de convocatoria en las asambleas extraordinarias.

La Asamblea extraordinaria será convocada siempre que el Consejo Directivo lo estime necesario o cuando lo soliciten el 30% de los miembros fundadores y adheridos. Estos pedidos deberán ser resueltos dentro de los 60 días de formulados y si no se tomase en consideración la solicitud o se negare infundadamente y se insistiera en el pedido con el 40 %, de los miembros plenos y adheridos, la misma deberá constituirse en el término de 90 días en el lugar que disponga el Director/a Ejecutivo.