Carga Horaria: 45 horas (15 teórico – 30 práctico) equivalentes a 3 UCAs.

 

Objetivos:

  • Reconocer concepciones acerca del “acceso a la justicia” como uno de los derechos humanos en las sociedades actuales y la inserción de los Programas de Resolución Alternativa de Disputas (RAD), como parte de las Políticas Públicas del ESTADO.
  •  Reflexionar sobre la mediación como práctica social. Los “Medios Alternativos de Solución de Conflictos” (mediación, negociación, conciliación) se hacen cada vez más habituales y necesarios y generan un cambio positivo en el pensamiento de los ciudadanos y de los operadores de la  justicia, porque ayudan a crear  una “cultura a favor del no litigio” y de la “solución consensuada” de los conflictos.
  • Analizar los conflictos familiares como conflictos interpersonales que afectan a todos los individuos de la propia familia, ya que sus miembros tienen en común una historia compartida. La mediación familiar es una muy deseable forma de resolución de conflictos y su implantación ha sido muy positiva y creciente en el ámbito las herencias y sucesiones.
  • Desarrollar los medios de resolución alternativas de conflictos, historia y aplicación de los mismos en el sistema argentino a la luz de los procedimientos provinciales y el régimen nacional. Conocer el desarrollo de acuerdo a la normativa en el nuevo Código Civil y comercial y en los sistemas  comparados.
  • Analizar la Teoría de los Conflicto, la Comunicación y la Negociación y los beneficios de la mediación.
  • Conocer la legislación e implementación. Doctrina y jurisprudencia.

 

Contenidos Mínimos:

  • Medios alternativos de resolución de conflictos. Régimen aplicable.
  • Teoría del conflicto. Comunicación.
  • La negociación y la mediación. Sistema argentino: análisis comparativo en las provincias. Su regulación.
  • La mediación y el mediador en el sistema argentino consagrado en el nuevo Código y  una visión de la aplicación y regulación  en el derecho comparado.
  • Medios de resolución aplicable a las sucesiones. Teoría y práctica.

 

Metodología de cursado y evaluación: el carácter del cursado es obligatorio.

  • Clases son presenciales de carácter obligatorio. Cada clase incluirá un desarrollo teórico y un espacio para la formación práctica. Se analizará el derecho de fondo, el procedimiento sucesorio, las reglas procesales y el análisis de los precedentes jurisprudenciales.
  • Las estrategias de formación práctica se concretan a través de talleres o clínicas de resolución de casos.

 

Bibliografía

  • Abrevaya, Sergio Fernando, Mediación prejudicial. Librería Editorial Histórica Emilio J. Perrot. 2008
  • Aréchaga, Patricia- Brandoni, Florencia- Finkelstein, Andrea, “Acerca de la Clínica de Mediación. Relato de Casos”
  • Di Pietro, Maria Cristina, “La superación del conflicto: Guia practica para su administración eficaz en torno a la utilización de distintos métodos”; Alveroni Ediciones; Cordoba, 2011.
  • Entelman Remo F; “Teoría de Conflictos. Hacia un nuevo paradigma.” Editorial Gedisa SA, Barcelona, 2005.
  • LORENZETTI, Ricardo: “Políticas de Estado para el Poder Judicial”, en II Conferencia Nacional de Jueces: “Poder Judicial, Independencia, gestión y servicio a la sociedad”, Salta, 2007.
  • María Alba Aiello de Almeida y Mario de Almeida, La experiencia de la Mediación.  Exégesis de la ley 24.573
  • María Elena Caram, Diana Teresa Eilbaum, Matilde Risolía, Mediación, diseño de una práctica. Librería Editorial Histórica Emilio Perrot. 2011
  • Ortemberg Osvaldo, “Mediación Familiar. Aspectos jurídicos y prácticos”.
  • Rufino, Marco; Mediacion y conciliación según la jurisprudencia. Ed. Ad HOC. Buenos Aires. 1999 y actualización.
  • Suares Marines, Mediación. Conducción de disputas, comunicación y técnicas.
  • Suares, Marines; “MEDIANDO EN SISTEMAS FAMILIARES”; PAIDOS IBERICA, Buenos Aires;  2002.