Fundamentos:

La Argentina presenta una proficua y compleja legislación ambiental, que se estructura desde la Constitución Nacional, Artículo 41, y las Leyes de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental. Sin embargo, el derecho del ambiente no se detiene tan sólo en la legislación, que comprende el estudio de la normativa ambiental de las Provincias; sino también en el conocimiento de instituciones de responsabilidad civil y penal ambiental, que se solapan, en todo el régimen jurídico de la especialidad. Así por ejemplo, el Artículo 2618 del Código Civil, de inmisiones inmateriales o de molestias entre vecinos, es una regulación de impronta ambiental. Lo mismo se puede decir de algunos delitos tipificados en el código penal contra la salud pública, junto con los Artículos 55 y 56 de la Ley 24051 de Residuos Peligrosos de la Nación. Es objeto del presente curso estudiar, conocer, y difundir, con una visión amplia, integral, transversal y totalizadora, el Derecho del medio ambiente argentino, no sólo en su faz formal, sino también fáctica, desde la realidad, advirtiendo los problemas de superposición de jurisdicciones, debilidades y fortalezas, de nuestro ordenamiento jurídico ambiental.

 

Contenidos:

I. ENCUADRE CONSTITUCIONAL. I.1.Evolución histórica del derecho ambiental. II.2.Influencia de los tratados internacionales suscriptos. Principios básicos.

II. EVOLUCION LEGISLATIVA Y POLITICA. Análisis de los presupuestos mínimos de protección ambiental: influencia en la política ambiental nacional.

III. LEY GENERAL DEL AMBIENTE. III.1. Bien general del ambiente, III.2. Bien jurídicamente protegido, III.3. Principios de política ambiental, III.4. Presupuestos mínimos. III.5. Competencia judicial, III.6. Instrumentos de la política y la gestión ambiental: ordenamiento ambiental; evaluación de impacto ambiental; educación e información ambiental.

IV. PARTE ESPECIAL. IV.1. Ley de Información Pública Ambiental (25.831). Creación; objeto; acceso a la información; sujetos obligados; procedimiento; centralización y difusión; denegación de la información; plazo para la resolución de las solicitudes de información ambiental. IV.2. Legislación específica: Ley de PCB’s Nº 25.670; Ley de Gestión Ambiental del Agua Nº 25.688; Ley de Residuos Industriales Nº 25.612; Ley de Residuos Domiciliarios Nº 25.916; Ley de Residuos peligrosos Nº 24.051; Ley Nº 26331 de presupuestos mínimos de los bosques nativos; Ley Nº 26.562 de presupuestos mínimos para control de las actividades de quema; Ley Nº 26639 de Preservación de Glaciares y ambiente periglaciar.

 

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  • Zeballos de Sisto María, “El orden ambiental. Las evaluaciones de impacto ambiental en la Ciudad de Buenos Aires. Ley 123”, Ed. Ugerman, 1999.

 

Carga horaria: 30 horas

Créditos que otorga: 2 (dos)

Carácter: Obligatorio